Apelaciones - Rol 102-2021
MUÑOZ/FUNDACIÓN TECNICO PROFESIONAL DE ADMINISTRACIÓN Y COMERCIO
Abstracto
La Corte de Apelaciones de Talca, en sentencia de 3 de junio de 2021, en materia laboral, rechaza la solicitud de restitución de descuento por aporte del empleador al seguro de cesantía, aplicando el artículo 13 de la Ley 19.728, aunque el despido se haya considerado improcedente.
Resumen
• Datos básicos del caso: Rol N°102-2021, Laboral-Cobranza, Corte de Apelaciones de Talca, 3 de junio de 2021.
• Antecedentes procesales relevantes: La sentencia de primera instancia fue objeto de un recurso de nulidad, cuyo resultado no se explicita en el texto proporcionado. La Corte de Apelaciones se pronuncia sobre la base de la sentencia de primer grado, reproduciendo parte de ella y modificando algunos puntos.
• Hechos acreditados: Se acreditó que el despido fue improcedente. Se descontó a la demandante la suma de $3.053.168 por concepto de aporte del empleador al seguro de cesantía.
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Procedencia de la restitución a la trabajadora del monto descontado por concepto de aporte del empleador al seguro de cesantía, en un contexto de despido declarado improcedente.
• Argumentos de las partes: Demandante: Solicita la devolución de $3.053.168 descontados por el empleador al seguro de cesantía. Demandada: No se explicita.
• Doctrina y jurisprudencia citadas: Se cita el artículo 13 de la Ley N°19.728.
• Fundamentos esenciales de la resolución: La Corte de Apelaciones, basándose en el inciso segundo del artículo 13 de la Ley N°19.728, señala que, aunque el despido sea improcedente, si el contrato terminó por la causal del artículo 161 ...
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