Apelaciones - Rol 11-2021
FISCO CON
Abstracto
La Corte de Apelaciones de Concepción revoca la resolución del Juez Sustanciador y Tesorero Provincial, declarando el abandono del procedimiento en un expediente administrativo de cobro de impuestos, debido a la inactividad por más de tres años, aplicando el artículo 153 del Código de Procedimiento Civil.
Resumen
• Datos básicos del caso: Solicitud de declaración de abandono del procedimiento en expediente administrativo de cobro de impuestos (expediente administrativo 509-2014- Provincial Arauco Lebu). • Antecedentes procesales relevantes: El 8 de marzo de 2020, el ejecutado solicita el abandono del procedimiento, alegando inactividad desde el 2 de junio de 2015. El Juez Sustanciador y Tesorero Provincial de Arauco-Lebu rechaza la solicitud mediante resolución del 24 de marzo de 2021. Apelación del ejecutado. • Hechos acreditados: Inactividad procesal por más de tres años (desde el 2 de junio de 2015 hasta la solicitud del 8 de marzo de 2020). • Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Determinar si procede declarar el abandono del procedimiento en un expediente administrativo de cobro de impuestos tramitado ante la Tesorería Provincial, dada la inactividad por más de tres años. • Argumentos de las partes: El ejecutado alega el cumplimiento del plazo de inactividad establecido en el artículo 153 del Código de Procedimiento Civil. La resolución apelada rechazó la solicitud de abandono. • Doctrina y jurisprudencia citadas: Artículo 152 y siguientes del Código de Procedimiento Civil; Artículo 2 y 139 del Código Tributario. • Fundamentos esenciales de la resolución: Se cumple el requisito d...
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