Apelaciones - Rol 502-2021
/GONZÁLEZ
Abstracto
La Corte de Apelaciones de Temuco revoca la sentencia de primera instancia y ordena excluir del procedimiento concursal el crédito con aval del Estado de la Universidad Católica de Temuco, primando la Ley 20.027 sobre la Ley 20.720.
Resumen
• Datos básicos del caso: Solicitud de liquidación voluntaria de , incluyendo un crédito de la Universidad Católica de Temuco (UCT) por $5.223.219, contraído bajo la Ley 20.027 (Crédito con Aval del Estado - CAE). La UCT solicita la exclusión de este crédito del procedimiento concursal. • Antecedentes procesales relevantes: El 5 de noviembre de 2020 se declaró la liquidación voluntaria de . La UCT, como acreedor del CAE, solicita la exclusión del crédito del concurso. El solicitante de la liquidación concursal se opone a la exclusión. El juzgado de primera instancia rechaza la solicitud de exclusión, motivando la apelación de la UCT. • Hechos acreditados: Existencia de un crédito CAE de con la UCT por $5.223.219. Solicitud de la UCT para excluir dicho crédito del procedimiento de liquidación. • Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Determinar si un crédito CAE debe ser excluido de un procedimiento de liquidación voluntaria bajo la Ley 20.720, considerando la existencia de la Ley 20.027 que regula específicamente los créditos CAE. • Argumentos de las partes: La UCT argumenta que la Ley 20.027, como ley especial, prevalece sobre la Ley 20.720. El solicitante de la liquidación se opone, argumentando lo contrario. • Doctrina y jurispr...
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