Apelaciones - Rol 113-2021
ADM. DE FONDOS DE CESANTIA CHILE S.A. CON SOC COM LA ENSENADA LTDA
Abstracto
Corte de Apelaciones de Coyhaique, 3 de noviembre de 2021. En juicio laboral de cobranza, se confirma la resolución que declara la nulidad de la notificación por no haberse realizado conforme al Código de Procedimiento Civil, afectando el emplazamiento y trabando la litis.
Resumen
• Datos básicos del caso: Rol N° 113-2021, Corte de Apelaciones de Coyhaique, 3 de noviembre de 2021. Materia laboral, cobranza.
• Antecedentes procesales relevantes: Se apela resolución de primera instancia de fecha 1 de septiembre de 2021, que declara la nulidad de la notificación de la demanda ejecutiva.
• Hechos acreditados: No se ha notificado personalmente a la ejecutada de la demanda ejecutiva. Se notificó conforme a los artículos 436 y 437 del Código del Trabajo, siendo que debió aplicarse el Código de Procedimiento Civil según el artículo 6 de la Ley N° 17.322.
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Determinar si la notificación realizada conforme a los artículos 436 y 437 del Código del Trabajo es válida, o si debió realizarse conforme al Código de Procedimiento Civil, de acuerdo al artículo 6 de la Ley N° 17.322.
• Argumentos de las partes: El apelante (actor) alega que la causa estaba bastante avanzada, lo que justificaría la validez de la notificación realizada.
• Doctrina y jurisprudencia citadas: Artículos 436 y 437 del Código del Trabajo; artículo 6 de la Ley N° 17.322; artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.
• Fundamentos esenciales de la resolución: La Corte considera que no se trabó la litis al no haberse notificado personalmente...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.