Apelaciones - Rol 973-2021
ROJAS/BANCO FALABELLA
Abstracto
La Corte de Apelaciones de Temuco acoge recurso de hecho contra resolución que denegó apelación de incidente de abandono del procedimiento, estableciendo que la resolución que rechaza dicho incidente otorga un derecho permanente a las partes y, por tanto, es apelable en el solo efecto devolutivo.
Resumen
• Datos básicos del caso Recurso de hecho (erróneamente calificado como "falso recurso de hecho") interpuesto contra la resolución del 19 de noviembre de 2021, dictada por el 2° Juzgado Civil de Temuco, que no concedió el recurso de apelación interpuesto contra la resolución que rechazó el incidente de abandono del procedimiento en causa Rol C-3370-2020, caratulada “BANCO FALABELLA CON ”.
• Antecedentes procesales relevantes
- El 11 de noviembre de 2021, el 2° Juzgado Civil de Temuco rechazó el incidente de abandono del procedimiento deducido por la parte demandada.
- El 17 de noviembre de 2021, la demandada apeló de dicha resolución.
- El 19 de noviembre de 2021, el tribunal a quo no concedió la apelación, invocando el artículo 188 del Código de Procedimiento Civil.
• Hechos acreditados No hay hechos controvertidos, sino una discrepancia sobre la naturaleza jurídica de la resolución que rechaza el incidente de abandono del procedimiento.
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo Determinar si la resolución que rechaza un incidente de abandono del procedimiento es un auto o una sentencia interlocutoria, y, por ende, si es apelable.
• Argumentos de las partes
- Recurrente (demandada): La resolución que rechaza el incidente de abandono es una sentencia int...
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