Apelaciones - Rol 1289-2021
CON Y OTRO
Abstracto
Corte de Apelaciones de San Miguel, 1 de febrero de 2022. Se revoca resolución de primera instancia en juicio civil, disponiendo tener presente bien inmueble designado por el acreedor para efectos del embargo. La designación de bienes por las partes hace inaplicable el artículo 449 del Código de Procedimiento Civil.
Resumen
• Datos básicos del caso: Rol N° 1289-2021, Corte de Apelaciones de San Miguel.
• Antecedentes procesales relevantes: Resolución apelada: 16 de noviembre de 2021, dictada por el 4° Juzgado Civil de San Miguel en autos Rol C-7756-2019. La resolución apelada no se explicita en el texto, pero se entiende que denegaba tener presente el bien inmueble designado por el acreedor para el embargo. Apelación: El abogado alega, revocando.
• Hechos acreditados: El acreedor designó un bien inmueble para efectos del embargo.
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Procedencia de tener presente el bien inmueble designado por el acreedor para efectos del embargo. Aplicabilidad del artículo 449 del Código de Procedimiento Civil en caso de designación de bienes por las partes.
• Argumentos de las partes: No se explicita el argumento del apelado. El apelante argumenta que la situación del artículo 449 del Código de Procedimiento Civil no es aplicable cuando el acreedor o el deudor han designado bienes.
• Doctrina y jurisprudencia citadas: Se citan los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. Se menciona el artículo 449 del Código de Procedimiento Civil.
• Fundamentos esenciales de la resolución: La Corte considera que el artículo 449 del Código de Pro...
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