Apelaciones - Rol 1603-2021
ARAYA/FONDO NACIONAL DE SALUD (FONASA)
Abstracto
La Corte de Apelaciones de Santiago rechaza el recurso de protección interpuesto contra FONASA, confirmando la legalidad de la notificación por correo electrónico y la proporcionalidad de la sanción impuesta a una prestadora de salud por irregularidades en la Modalidad de Libre Elección.
Resumen
• Datos básicos del caso: Recurso de Protección interpuesto por , psicóloga, en contra de Fondo Nacional de Salud (FONASA), representado por su Director Nacional, . Se alega vulneración de los derechos garantizados en el artículo 19 N° 2, N° 3 (inciso quinto, sexto) y N° 26 de la Constitución Política de la República.
• Antecedentes procesales relevantes: FONASA inició un proceso de fiscalización contra por presuntas irregularidades en la cobranza de prestaciones en la Modalidad Libre Elección (MLE). Se le imputaron cargos por cobro de prestaciones no realizadas, falta de respaldo de registros y recargos improcedentes. Finalmente, se dictó la Resolución Exenta N° 17513, sancionándola con suspensión por 180 días de su inscripción en el rol de la MLE, una multa de 500 UF y el reintegro de $17.466.910. La recurrente alega que la notificación de la resolución sancionatoria por correo electrónico es ilegal y que la sanción es desproporcionada.
• Hechos acreditados: suscribió un convenio con FONASA como prestadora de MLE. FONASA detectó irregularidades en su cobranza, consistentes en la emisión repetida de bonos y la falta de justificación de las prestaciones. Se notificó a la recurrente del inicio de la fiscalización y l...
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