Apelaciones - Rol 263-2021
GODOY CON HOTELERA MARINA DEL SOL CHILLA S.A.
Abstracto
La Corte de Apelaciones de Chillán acoge recurso de nulidad contra sentencia de primera instancia que había condenado a hotel por daño moral derivado de enfermedad profesional. La Corte determina que la calificación de la enfermedad como profesional es competencia exclusiva de organismos técnicos, no del tribunal.
Resumen
• Datos básicos del caso: Recurso de nulidad contra sentencia del Juzgado del Trabajo de Chillán que condenó a Hotelera Marina del Sol Chillán S.A. a pagar $5.000.000 por daño moral a , debido a enfermedad profesional.
• Antecedentes procesales relevantes: La demandada, Hotelera Marina del Sol Chillán S.A., interpone recurso de nulidad basado en los artículos 477 y, subsidiariamente, 478 letra b) del Código del Trabajo. El recurso es declarado admisible.
• Hechos acreditados: El Instituto de Seguridad Laboral (ISL) calificó la enfermedad de como de origen común. La jueza de primera instancia desestimó esta calificación, basándose en informes médicos que diagnosticaron "dermatitis de contacto por irritantes", considerándola enfermedad profesional según el D.S. N°109 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Determinar si la sentencia de primera instancia incurrió en infracción de ley al calificar la enfermedad de la demandante como profesional, pese a la calificación del ISL como enfermedad común, y si dicha calificación excede las facultades del tribunal.
• Argumentos de las partes:
- Demandada (recurrente): Argumenta infracción de los artículos 77 bis de la Ley 16.744 y...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.