Apelaciones - Rol 30-2022
ADM. DE FONDOS DE CESANTIA CHILE II S.A. CON
Abstracto
Corte de Apelaciones de Talca, 2 de marzo de 2022. Materia laboral. Anula de oficio todo lo obrado desde la notificación por el estado diario al ejecutado de la resolución que reactivó el proceso, ordenando notificar por cédula al demandado por vicio del procedimiento.
Resumen
• Datos básicos del caso: Resolución de la Corte de Apelaciones de Talca, de 2 de marzo de 2022, en causa laboral de cobranza. Rol N°Laboral - Cobranza-30-2022.
• Antecedentes procesales relevantes: El proceso permaneció inactivo por más de seis meses. Tras la reactivación, el demandado no fue notificado conforme al artículo 52 del Código de Procedimiento Civil.
• Hechos acreditados: Se constata la falta de notificación válida al demandado tras la reactivación del proceso, configurando un vicio del procedimiento.
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Determinar si la falta de notificación al demandado constituye un vicio procesal que justifica la anulación de lo obrado.
• Argumentos de las partes: No se explicita en la sentencia, dado que la resolución se adopta de oficio.
• Doctrina y jurisprudencia citadas: No se explicita en la sentencia.
• Fundamentos esenciales de la resolución: La Corte considera que la falta de notificación conforme al artículo 52 del Código de Procedimiento Civil constituye un vicio del procedimiento que debe ser enmendado. Se invoca el artículo 429 del Código del Trabajo que permite a la Corte actuar de oficio para corregir vicios.
• Decisión y efectos: Se anula de oficio todo lo obrado desde la notificación por el estado diario al ejecutado ...
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