Apelaciones - Rol 402-2022
VIDAURRE/FONDO NACIONAL DE SALUD (FONASA)
Abstracto
La Corte de Apelaciones de Antofagasta, el 4 de marzo de 2022, rechaza el recurso de protección interpuesto contra FONASA. Se argumentó que el traslado obligatorio del recurrente desde un centro de diálisis a otro no vulnera sus derechos constitucionales, ya que FONASA actuó conforme a la normativa vigente y a un proceso de licitación.
Resumen
• Datos básicos del caso: Recurso de protección interpuesto por contra el Fondo Nacional de Salud (FONASA) por su traslado desde el Centro de Diálisis Clínica Baquedano al Centro de Diálisis NORDIAL. El recurrente busca mantener su tratamiento y prestaciones médicas derivadas de las Garantías Explícitas de Salud (GES). La Corte de Apelaciones de Antofagasta dictó la sentencia el 4 de marzo de 2022. • Antecedentes procesales relevantes: El recurrente alega un acto ilegal y arbitrario que vulnera sus derechos constitucionales (artículo 19 N°1, 2 y 9 de la Constitución Política de la República) y sus derechos a la información, seguridad y trato digno (Leyes N°19.966 y N°20.584). FONASA solicita el rechazo del recurso, argumentando que el traslado se ajusta a la normativa vigente. • Hechos acreditados: El recurrente fue diagnosticado con insuficiencia renal crónica etapa 5 en 2021, iniciando tratamiento de hemodiálisis en el Centro de Diálisis de la Clínica Baquedano, financiado por FONASA. Se le informó sobre su traslado al Centro de Diálisis NORDIAL debido a procesos de adjudicación y derivación de pacientes, según la resolución administrativa ORD.1 P/N° SCE 1614. FONASA justificó el traslado en el marco de la implementación y ejecución de contratos con los prestad...
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