Apelaciones - Rol 134-2022
/TOLEDO
Abstracto
La Corte de Apelaciones de Temuco revoca la sentencia de primera instancia, determinando que el Crédito con Aval del Estado (CAE) de la deudora no debe ser excluido del procedimiento concursal de liquidación voluntaria, acogiendo así el recurso de apelación.
Resumen
• Datos básicos del caso: Recurso de apelación subsidiario presentado por doña contra la sentencia interlocutoria que declaró la exclusión de su Crédito Universitario con Garantía Estatal (CAE) del procedimiento concursal de liquidación voluntaria. El Banco Itaú Corpbanca solicitó la exclusión. Tribunal: Corte de Apelaciones de Temuco. Fecha: 5 de abril de 2022.
• Antecedentes procesales relevantes: El Banco Itaú Corpbanca solicitó la exclusión del crédito CAE de doña del procedimiento concursal de liquidación voluntaria. El tribunal de primera instancia acogió la solicitud. La deudora, a través de su representante, apeló subsidiariamente, solicitando la revocación de la resolución y el rechazo del incidente de exclusión.
• Hechos acreditados: Se discute la aplicabilidad de la Ley N° 20.720 (Ley de Insolvencia) frente a la Ley N° 20.027 (financiamiento de estudios superiores) en el contexto de un procedimiento concursal de liquidación voluntaria.
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Determinar si el crédito CAE debe ser excluido del procedimiento concursal de liquidación voluntaria de la deudora, considerando la posible especialidad de la Ley N° 20.027 sobre la Ley N° 20.720.
• Argumentos de las partes: La apelante argumenta que la Ley N...
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