Apelaciones - Rol 231-2022
C/
Abstracto
La Corte de Apelaciones de Temuco, en causa sobre conducción bajo influencia de sustancias (art. 196 E Ley 18.290), rechaza recurso de apelación confirmando la decisión de no abonar el tiempo de retención de la licencia de conducir al período de suspensión decretado en la suspensión condicional del procedimiento.
Resumen
• Datos básicos del caso: Recurso de apelación contra la sentencia del Juzgado de Garantía de Temuco (RIT O-8549-2020, RUC 2000234337-2) que no accedió a abonar el tiempo de retención de la licencia de conducir al período de suspensión decretado en la suspensión condicional del procedimiento, en causa sobre conducción bajo la influencia de sustancias estupefacientes o psicotrópicas (art. 196 E Ley 18.290). La sentencia apelada es de 15 de marzo de 2022.
• Antecedentes procesales relevantes: El 15 de marzo de 2022, en audiencia del artículo 395 del Código Procesal Penal, la fiscalía propone la suspensión condicional del procedimiento por dos años, estableciendo como condiciones la firma bimensual ante Carabineros, la fijación de domicilio y la suspensión de la licencia de conducir por dos años a partir de esa fecha. La defensa solicitó que se tuviera por cumplida la condición de suspensión de la licencia, argumentando que el documento había estado retenido por el Ministerio Público por más de dos años debido a esta causa. El tribunal no accedió a la petición, indicando que no constaba en la historia de la causa que la licencia hubiera sido retenida por resolución judicial.
• Hechos acreditados: El parte policial de 28 de febrero de 2020 indica que la licencia de conducir del im...
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