Apelaciones - Rol 224-2022
FUNDACION EDUCACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA NIÑEZ/INSPECCION DEL TRABAJO COMUNAL DE QUIL
Abstracto
La Corte de Apelaciones de Valparaíso acoge recurso de nulidad por infracción de ley contra sentencia de primer grado, al determinar que los inspectores del trabajo son sinónimos de funcionarios fiscalizadores, invalidando multa impuesta por funcionaria de la Dirección del Trabajo.
Resumen
• Datos básicos del caso: Recurso de nulidad contra sentencia del Segundo Juzgado de Letras de Quillota (RIT I-17-2021) que declaró la nulidad de una multa impuesta por la Inspección Provincial del Trabajo de Quillota. Tribunal: I.C.A. de Valparaíso. Fecha: 1 de junio de 2022.
• Antecedentes procesales relevantes: La reclamada deduce recurso de nulidad contra la sentencia de primer grado, invocando las causales del artículo 478 letra b) (infracción al principio lógico de razón suficiente) y, subsidiariamente, del artículo 477 (infracción de ley) del Código del Trabajo.
• Hechos acreditados: El tribunal de primera instancia reconoció la calidad de fiscalizadora de la funcionaria de la Dirección del Trabajo que cursó las multas, pero declaró la nulidad de la multa por estimar que la funcionaria carecía de facultades para ello.
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Determinar si la funcionaria de la Dirección del Trabajo que impuso la multa tenía o no la facultad para hacerlo, y si la interpretación del tribunal a quo respecto de los artículos 503 del Código del Trabajo y 45 del DFL N° 2 del año 1967 es correcta.
• Argumentos de las partes: La parte reclamada (recurrente) argumenta que los términos "inspectores del trabajo" y "fiscalizadores de la Dirección del Trabajo" so...
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