Apelaciones - Rol 3189-2022
/CLARO CHILE S.A.
Abstracto
La Corte de Apelaciones de Punta Arenas rechaza el recurso de protección interpuesto contra Telefónica Chile S.A., Empresa Nacional de Telecomunicaciones S.A. y Claro Chile S.A., al constatar que las empresas recurridas incluyeron los números telefónicos del recurrente en sus listas de 'no molestar', satisfaciendo íntegramente lo solicitado.
Resumen
• Datos básicos del caso: Recurso de protección interpuesto por contra Telefónica Chile S.A. (Movistar), Empresa Nacional de Telecomunicaciones S.A. (Entel) y Claro Chile S.A. por "acoso telefónico" que vulneraría el artículo 19 N°1 de la Constitución Política de la República y el artículo 4 de la Ley del Consumidor.
• Antecedentes procesales relevantes: El recurrente alega recibir llamadas constantes de las empresas recurridas ofreciendo servicios no solicitados, perturbando su vida laboral y personal. Las recurridas solicitan el rechazo del recurso, argumentando que la materia requiere un juicio declarativo de lato conocimiento y que el recurrente no ejerció su derecho a solicitar la exclusión de sus números de las listas de publicidad. Sin embargo, informan haber incluido los números en dichas listas.
• Hechos acreditados: Se acredita que, con posterioridad a la interposición del recurso, las empresas de telefonía móvil procedieron a incluir los números del recurrente en sus listas de "no molestar".
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Determinar si los actos de las empresas de telefonía móvil constituyen una vulneración de los derechos constitucionales del recurrente y si procede el recurso de protección.
• Argumentos de las partes:
- Recurrente: ...
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