Apelaciones - Rol 1394-2022
CIENTOCHENTA GRADOS S.A.// DIRECCION REGIONAL DEL TRABAJO METROPOLITANA ORIENTE
Abstracto
La Corte de Apelaciones de Santiago, el 2 de septiembre de 2022, rechaza un recurso de nulidad en un procedimiento monitorio laboral. La reclamante alegó vulneración al debido proceso por una supuesta errónea valoración de la prueba. La Corte consideró que el vicio correspondía a una causal específica no invocada.
Resumen
• Datos básicos del caso: Autos RIT I-29-2022, RUC 22-4-0381310-2, caratulados “Cientochenta Grados S.A. con Dirección Regional del Trabajo Metropolitana Oriente”, seguidos ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en procedimiento monitorio de reclamación de multa administrativa.
• Antecedentes procesales relevantes: El Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago rechazó la demanda, con costas. La reclamante dedujo recurso de nulidad, fundado en la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, alegando la conculcación de la garantía del artículo 19 N° 3 inciso 5° de la Constitución Política de la República. El recurso fue declarado admisible.
• Hechos acreditados: —
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Si procede el recurso de nulidad fundado en la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, por supuesta vulneración del derecho al debido proceso, debido a una errónea valoración de la prueba por parte del juez de primera instancia en un procedimiento monitorio laboral.
• Argumentos de las partes: La reclamante (Cientochenta Grados S.A.) argumenta que el juez de primera instancia realizó una errónea valoración de la prueba al presumir que las citaciones a los cursos de capacitación fueron recibidas, a pesar de haber sido enviadas a un corr...
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