Apelaciones - Rol 795-2022
MP C/
Abstracto
La Corte de Apelaciones de Temuco, en un caso de conducción en estado de ebriedad con resultado de daños, rechaza el recurso de nulidad interpuesto por la defensa, confirmando la sentencia que canceló la licencia de conducir del imputado, al considerar que la norma del artículo 196 de la Ley de Tránsito sanciona la reiteración de eventos de conducción bajo los efectos del alcohol.
Resumen
• Datos básicos del caso El Defensor Penal Público, , en representación de , interpone recurso de nulidad contra la sentencia que condenó a su representado por conducción en estado de ebriedad con resultado de daños.
• Antecedentes procesales relevantes El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco condenó a a 61 días de presidio menor en su grado mínimo, multa de un tercio de UTM y cancelación de la licencia de conducir. La defensa interpone recurso de nulidad invocando la causal del artículo 373 letra b) del Código Procesal Penal, por errónea aplicación del derecho.
• Hechos acreditados fue condenado por conducir en estado de ebriedad con resultado de daños el 28 de abril de 2022 en Padre Las Casas. El tribunal de primera instancia consideró una condena anterior del año 2014 por conducir con licencia suspendida, la cual prescribió para efectos de pena sustitutiva, pero no para agravar la responsabilidad penal.
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo Si la cancelación de la licencia de conducir, impuesta en la sentencia, se ajusta a derecho considerando la interpretación del artículo 196 de la Ley 18.290 y su relación con las normas sobre prescripción y reincidencia del Código Penal. Si los hechos anteriores c...
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