Apelaciones - Rol 4340-2023
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Abstracto
La Corte de Apelaciones de Santiago revoca resolución que declaró la nulidad de lo obrado por falta de emplazamiento en juicio de desposeimiento, al considerar que la notificación por avisos fue correcta y que quien solicitó la nulidad no era parte del juicio.
Resumen
• Datos básicos del caso: Recurso de apelación contra resolución que declaró la nulidad de lo obrado por falta de emplazamiento en juicio de desposeimiento (Rol C-4275-2021, 3° Juzgado Civil de Santiago).
• Antecedentes procesales relevantes:
- En el juicio de desposeimiento, se ordenó la notificación por avisos de la sociedad demandada.
- El 3° Juzgado Civil de Santiago, actuando de oficio, declaró la nulidad de lo obrado por falta de emplazamiento.
- Una sociedad socia de la demandada solicitó la nulidad de lo obrado.
• Hechos acreditados:
- El inmueble objeto de la acción de desposeimiento está inscrito a nombre de la sociedad demandada, “Sociedad de Inversiones, Inmobiliaria y Corretaje de Propiedades Nuevo Alerce Limitada”.
- La sociedad demandada ha cambiado en numerables ocasiones de representantes legales, dificultando la notificación personal o por cédula.
- Se cumplieron los requisitos del artículo 54 del Código de Procedimiento Civil para la notificación por avisos.
- solicitó la nulidad es una persona jurídica socia de la sociedad ejecutada, no la parte misma.
- La sociedad ejecutada no ha alegado nada en la causa.
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Determinar si la notificación por avisos fue válida y si...
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