Apelaciones - Rol 108-2022
EMPRESA ELECTRICA DE LA FRONTERA/
Abstracto
La Corte de Apelaciones de Chillán revoca la sentencia de primera instancia. Desestima la denuncia infraccional y declara la incompetencia del Tribunal de Policía Local para conocer la demanda civil, al no ser aplicable la Ley 19.496 (protección al consumidor) al caso.
Resumen
• Datos básicos del caso: Sociedad Médica e Inversiones SpA interpone querella infraccional y demanda civil indemnizatoria contra Empresa Eléctrica de la Frontera S.A. (Elecfron) por daños en equipos médicos debido a variaciones de voltaje. Solicita indemnización por daño material ($12.000.000), daño moral ($25.000.000) y lucro cesante ($18.000.000), totalizando $55.000.000. El juzgado de primera instancia acoge la querella infraccional, condenando a Elecfron al pago de 10 UTM, y acoge parcialmente la demanda civil, condenándola a pagar $4.918.904 por daño material y $5.000.000 por daño moral. Elecfron apela esta decisión.
• Antecedentes procesales relevantes: Elecfron apela la sentencia de primera instancia, argumentando incompetencia del tribunal y la inaplicabilidad de la Ley 19.496, ya que la actora no es consumidora final.
• Hechos acreditados: SpA celebró un convenio con Elecfron para el suministro de energía eléctrica en su domicilio, donde opera un centro médico. El 1 de julio de 2018, equipos médicos sufrieron daños debido a variaciones de voltaje en el suministro eléctrico de Elecfron.
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Determinar si la Ley 19.496 es aplicable al caso, considerando si la sociedad médica puede ser considerada co...
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