Apelaciones - Rol 252-2023
/ SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO SUR ORIENTE
Abstracto
La Corte de Apelaciones de San Miguel, en fallo de 3 de agosto de 2023, rechaza el recurso de nulidad interpuesto contra la sentencia que desestimó la demanda laboral, confirmando que la relación entre el médico y el hospital era de naturaleza civil, regida por honorarios.
Resumen
• Datos básicos del caso El caso corresponde al RUC 20-0-0275710-9, RIT O-606-2020, del Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, caratulado “García con Hospital Padre San Alberto Hurtado”. Se trata de un recurso de nulidad interpuesto por el demandante, , contra la sentencia que rechazó su demanda laboral contra el Hospital Padre San Alberto Hurtado, representado por .
• Antecedentes procesales relevantes El Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel rechazó la excepción de incompetencia opuesta por la demandada y, posteriormente, rechazó la demanda en todas sus partes, sin costas. El demandante interpuso recurso de nulidad, fundado en las causales del artículo 478 letra b), 477 y 478 letra c) del Código del Trabajo. La Corte de Apelaciones de San Miguel declaró admisible el recurso.
• Hechos acreditados El tribunal de primera instancia dio por acreditado que el demandante fue contratado a honorarios por el Hospital Padre San Alberto Hurtado, desde 2013 hasta el 31 de marzo de 2020, para desempeñarse como médico cirujano, cumpliendo turnos y funciones específicas dentro de la Unidad de Gestión Clínica del Adulto. Se acreditó la emisión de boletas de honorarios por los servicios prestados y la certificación de la Gerencia de Recursos Humanos de...
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