Apelaciones - Rol 418-2023
/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Abstracto
La Corte de Apelaciones de Copiapó rechaza el recurso de protección interpuesto contra el Servicio Nacional de Migraciones, al no acreditarse omisión ilegal o arbitraria en la notificación de una prórroga de visa, considerando que el recurrente realizó el pago asociado y tuvo a disposición el estampado electrónico.
Resumen
• Datos básicos del caso: Recurso de protección interpuesto por , ciudadano venezolano, contra el Servicio Nacional de Migraciones (SNM) por la omisión en la notificación de la resolución de su solicitud de visa y la falta de estampado electrónico, vulnerando el principio de igualdad ante la ley.
• Antecedentes procesales relevantes: El recurrente alega que realizó una solicitud de visa el 03 de febrero de 2021, la cual aparecía como "otorgada" en la página web del SNM, pero nunca fue notificado ni se le proporcionó el estampado electrónico. El SNM solicita el rechazo del recurso, argumentando que la solicitud de prórroga de visa fue resuelta y que era responsabilidad del solicitante realizar el estampado. La Corte ordenó al SNM informar sobre el procedimiento para la rectificación del estampado electrónico y acreditar la notificación de la resolución respectiva.
• Hechos acreditados: ingresó a Chile como turista el 03 de junio de 2019. Obtuvo una visa temporaria sujeta a contrato el 11 de septiembre de 2019. Solicitó una prórroga de visa temporaria el 02 de diciembre de 2020. La prórroga fue otorgada mediante Resolución Exenta N°663 el 22 de febrero de 2021. El recurrente pagó los derechos asociados a la visa el 09 de abril de 2021. El estampado...
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