Apelaciones - Rol 4230-2023
PAISAJISMO Y DISENO MARIA CONS C/
Abstracto
La Corte de Apelaciones de Santiago dirime conflicto de competencia, determinando que el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago es competente para conocer de la querella por usura, al considerar el lugar de suscripción del pagaré como principio de ejecución.
Resumen
• Datos básicos del caso: Querella por usura interpuesta por Paisajismo y Diseño E.I.R.L. contra . Conflicto de competencia entre el 4° y 7° Juzgados de Garantía de Santiago. • Antecedentes procesales relevantes: El 4° Juzgado de Garantía de Santiago solicitó precisar el principio de ejecución de los hechos constitutivos de usura. La querellante lo situó en la comuna de Santiago, lugar de la Notaría de Felix Jara Cadot, donde se suscribió el pagaré. El 4° Juzgado se declaró incompetente y remitió la causa al 7° Juzgado de Garantía, que rechazó la competencia, indicando que el principio de ejecución correspondería al domicilio de la sociedad vinculada con la querellada. El 4° Juzgado tuvo por trabada la competencia. • Hechos acreditados: No se acreditan hechos en esta etapa procesal, sino que se discute la competencia para conocer de la querella. • Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Determinación del tribunal competente para conocer de la querella por usura, específicamente, la ubicación del principio de ejecución del delito. • Argumentos de las partes: La querellante argumenta que el principio de ejecución se encuentra en la comuna de Santiago, lugar de la notaría donde se suscribió el pagaré que dio origen al cobro de intereses ilegales. El ...
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