Apelaciones - Rol 513-2023
ANONIMIZADO
Abstracto
La Corte de Apelaciones de San Miguel anula de oficio un fallo del Juzgado de Familia de Talagante en un caso de alimentos, debido a la falta de notificación válida al demandado, ordenando notificar la demanda por avisos según el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil.
Resumen
• Datos básicos del caso: Autos RIT C-475-2022 del Juzgado de Familia de Talagante, sobre alimentos. Demandante apela sentencia que rechazó la demanda por no haberse cumplido con proporcionar un nuevo domicilio del alimentante.
• Antecedentes procesales relevantes: El demandado no pudo ser notificado en los domicilios proporcionados. Se oficiaron diversas reparticiones que indicaron nuevos domicilios, sin éxito en la notificación. El juzgado a quo rechazó la demanda.
• Hechos acreditados: Imposibilidad de notificar al demandado en los domicilios proporcionados y en los indicados por las reparticiones oficiadas.
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Determinar si existió un vicio de ritualidad procesal que justifique la anulación de la sentencia y la forma de notificación al demandado.
• Argumentos de las partes: La parte demandante apeló la sentencia que rechazó la demanda.
• Doctrina y jurisprudencia citadas: Artículos 54, 83 inciso 1º y 84 inciso final del Código de Procedimiento Civil.
• Fundamentos esenciales de la resolución: La Corte considera que, ante la imposibilidad de notificar al demandado en los domicilios proporcionados, debió aplicarse supletoriamente el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, notificando al alimentante por medio de avisos. Se c...
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