Apelaciones - Rol 5464-2023
/5° JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO
Abstracto
La Corte de Apelaciones de Santiago, el 5 de septiembre de 2023, rechaza el recurso de hecho interpuesto contra la resolución que declaró extemporánea la apelación en una tercería de posesión, confirmando que el plazo para apelar es de cinco días según el artículo 521 del Código de Procedimiento Civil.
Resumen
• Datos básicos del caso: Recurso de hecho interpuesto por doña Constanza Leiva Avendaño, en representación de doña Diorsa De Lourdes Sanhueza Muñoz, tercerista de posesión, contra la resolución del 5° Juzgado Civil de Santiago que declaró extemporánea la apelación en la causa Rol C-8019-2022.
• Antecedentes procesales relevantes: El 5° Juzgado Civil de Santiago rechazó la apelación interpuesta por la tercerista, considerando que el plazo para apelar en una tercería de posesión es de 5 días, según el artículo 521 del Código de Procedimiento Civil, y que la apelación fue presentada fuera de plazo. La tercerista interpuso recurso de hecho contra esta resolución.
• Hechos acreditados: La tercerista apeló al octavo día hábil de notificada la resolución que rechazó su tercería de posesión. El tribunal de primera instancia consideró que el plazo para apelar era de cinco días y declaró la apelación extemporánea.
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Determinar si el plazo para apelar de una resolución que falla una tercería de posesión es de 5 o 10 días, según lo establecido en el Código de Procedimiento Civil.
• Argumentos de las partes: La tercerista argumenta que la resolución que falla una tercería de posesión es una sentencia definitiva, por lo que el plazo para apelar es...
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