Apelaciones - Rol 10885-2024
BUSTAMANTE/VILLAGRA
Abstracto
Corte de Apelaciones de Santiago, 3 de septiembre de 2024. En procedimiento monitorio de arriendo, declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por un tercerista contra la resolución que ordenó el alzamiento, al ser apelable solo en el efecto devolutivo según el artículo 18-J de la Ley N° 18.101.
Resumen
• Datos básicos del caso: Resolución de la Corte de Apelaciones de Santiago, con fecha 3 de septiembre de 2024, rol N°Civil-10885-2024. La materia es un procedimiento monitorio. El recurrente es un tercerista. La resolución impugnada es la que ordena el alzamiento. • Antecedentes procesales relevantes: El tercerista interpone recurso de apelación con fecha 22 de junio de 2024, contra la resolución de 17 de junio de 2024 que ordena el alzamiento. • Hechos acreditados: La resolución recurrida es aquella que ordena el alzamiento en un procedimiento monitorio. • Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Determinar la admisibilidad del recurso de apelación interpuesto por el tercerista contra la resolución que ordena el alzamiento, considerando lo dispuesto en el artículo 18-J de la Ley N° 18.101. • Argumentos de las partes: No se explicita en la sentencia, pero se entiende que el tercerista apela buscando revocar la resolución que ordena el alzamiento. • Doctrina y jurisprudencia citadas: Se cita el artículo 18-J de la Ley N° 18.101. • Fundamentos esenciales de la resolución: La Corte señala que el inciso tercero del artículo 18-J de la Ley N° 18.101 establece que en el procedimiento monitorio sólo es apelable, en el solo efecto devolutivo, la resolución que se pronuncie respect...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.