Apelaciones - Rol 1804-2024
BUSTAMANTE/SECRETARIA REGIONAL DE EDUCACIÓN O´HIGGINS
Abstracto
La Corte de Apelaciones de Rancagua rechaza el recurso de protección interpuesto contra el Colegio San Antonio del Baluarte y la Secretaría Regional Ministerial de Educación, confirmando que la admisión escolar se rige por normativas objetivas que no permiten la asignación arbitraria de cupos, priorizando el respeto al orden de las listas de espera.
Resumen
• Datos básicos del caso Recurso de protección interpuesto por , en representación de su hija menor de edad, , en contra del Colegio San Antonio del Baluarte y la Secretaria Regional Ministerial de Educación.
• Antecedentes procesales relevantes El 5 de junio de 2024, se interpone recurso de protección. El Colegio San Antonio del Baluarte presenta informe el 18 de julio de 2024. La Secretaría Regional Ministerial de Educación presenta informe el 31 de mayo de 2024.
• Hechos acreditados no fue admitida en el Colegio San Antonio del Baluarte a través del Sistema de Admisión Escolar (SAE) para primer año medio 2024, quedando en lista de espera. Sus hermanos, y , sí fueron admitidos en el mismo colegio. El colegio argumenta no poder generar un cupo adicional debido a la normativa del SAE y la existencia de una lista de espera. La SEREMI de Educación indica que se aplicaron los criterios de prioridad del Decreto 152, pero la falta de vacantes impide la admisión.
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo Si la negativa del Colegio San Antonio del Baluarte y la Secretaría Regional Ministerial de Educación a generar un cupo para vulnera su derecho a la educación. Si la aplicación del Decreto 1...
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