Apelaciones - Rol 213-2024
ANDREWS /
Abstracto
La Corte de Apelaciones de Arica confirma sentencia de primera instancia que rechaza la acción revocatoria concursal subjetiva, al no acreditarse que el comprador conociera el mal estado de los negocios del vendedor (fallido), requisito esencial según el artículo 288 de la Ley 20.720.
Resumen
• Datos básicos del caso: Rol N°213-2024, Corte de Apelaciones de Arica. Acción revocatoria concursal subjetiva.
• Antecedentes procesales relevantes: El Segundo Juzgado de Letras de Arica rechazó la acción revocatoria concursal (RIT C-2410-2023). Se alza la parte demandante, solicitando la revocación de la sentencia de primera instancia y, en su lugar, se acoja la demanda.
• Hechos acreditados: La controversia se centra en la venta de un departamento, bodega y derecho de uso de estacionamiento, respecto de la cual se alega que el precio de venta fue inferior al valor comercial, perjudicando a la masa de acreedores.
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Determinación de si se cumplen los requisitos del artículo 288 de la Ley 20.720 para la procedencia de la acción revocatoria concursal subjetiva, específicamente si el comprador tenía conocimiento del mal estado de los negocios del vendedor (fallido) y si el contrato causó perjuicio a la masa de acreedores.
• Argumentos de las partes: Demandante (apelante): Argumenta que la diferencia entre el precio de venta y el avalúo comercial, establecida mediante peritaje, es suficiente para presumir el conocimiento del comprador sobre la insolvencia del vendedor, configurándose una presunción judicial según el artículo 402 del Có...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.