Apelaciones - Rol 4294-2024
BARRIENTOS/ISAPRE BANMEDICA S.A.
Abstracto
La Corte de Apelaciones de Temuco acoge recurso de protección contra ISAPRE Banmédica, ordenando equiparar la cobertura de salud mental a la física en el plan de salud de la recurrente, conforme a la Ley N° 21.331, al considerar discriminatoria la cobertura restringida anterior.
Resumen
• Datos básicos del caso: Recurso de protección interpuesto por contra ISAPRE BANMEDICA S.A., buscando equiparar la cobertura de salud mental a la física en su plan de salud.
• Antecedentes procesales relevantes: La recurrente alega que la ISAPRE mantiene una cobertura restringida en salud mental, lo cual contraviene la Ley N° 21.331 y la Circular 396 de la Superintendencia de Salud. La ISAPRE alega extemporaneidad del recurso y la inexistencia de un acto ilegal o arbitrario, defendiendo la legalidad de los planes de salud anteriores a la ley.
• Hechos acreditados: La recurrente posee un plan de salud con cobertura restringida en prestaciones de salud mental. La Ley N° 21.331 y la Circular 396 buscan equiparar la cobertura de salud mental a la física. La ISAPRE no ha adecuado el plan de la recurrente a la nueva normativa.
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: 1) Si el recurso es extemporáneo. 2) Si la ISAPRE incurrió en un acto ilegal o arbitrario al no equiparar la cobertura de salud mental a la física en el plan de la recurrente. 3) Si la Ley N° 21.331 y la Circular 396 son aplicables a los planes de salud suscritos antes de su entrada en vigencia. 4) Si la falta de adecuación del plan de salud vulnera las garantías constitucionales de la recurrente.
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