Apelaciones - Rol 4716-2024
/ISAPRE NUEVA MASVIDA S.A.
Abstracto
La Corte de Apelaciones de Temuco acoge recurso de protección contra Isapre Nueva Masvida, ordenando equiparar la cobertura de salud mental a la física en el plan de salud de la recurrente, basándose en la Ley 21.331 y el principio de no discriminación.
Resumen
• Datos básicos del caso: Recurso de protección de contra ISAPRE NUEVA MASVIDA S.A. por cobertura restringida en salud mental. Domicilio de la recurrente dentro de la jurisdicción de la Corte de Apelaciones de Temuco. • Antecedentes procesales relevantes: La Isapre alega extemporaneidad e improcedencia del recurso, argumentando la existencia de un procedimiento administrativo ante la Superintendencia de Salud. En el fondo, niega acto ilegal o arbitrario y defiende la aplicación no retroactiva de la Ley 21.331. • Hechos acreditados: No se explicitan en la sentencia, pero se desprende que la recurrente tiene un plan de salud con cobertura restringida en salud mental. • Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: 1) Admisibilidad del recurso de protección (extemporaneidad e improcedencia). 2) Si la Isapre incurrió en un acto arbitrario o ilegal al no equiparar la cobertura de salud mental a la física en el plan de la recurrente, de acuerdo con la Ley 21.331. • Argumentos de las partes:
- Recurrente: La Ley 21.331 garantiza igualdad en la cobertura de salud mental y física, derogando normativas anteriores. La Circular 396 de la Superintendencia de Salud no puede discriminar entre afiliados antiguos y nuevos. Se vulneran los derechos a la propiedad, la igualdad ante l...
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