Apelaciones - Rol 5795-2024

/ISAPRE CRUZ BLANCA S.A.

Abstracto

La Corte de Apelaciones de Temuco acoge recurso de protección contra Isapre Cruz Blanca, ordenando equiparar la cobertura de salud mental a la física en el plan de salud de , basándose en la Ley 21.331 y el principio de no discriminación.

Resumen

• Datos básicos del caso: Recurso de protección interpuesto en favor de en contra de la Isapre Cruz Blanca S.A., con domicilio dentro del territorio jurisdiccional de la Corte de Apelaciones de Temuco.

• Antecedentes procesales relevantes: Se deduce recurso de protección por la actora, el cual es respondido por la Isapre solicitando el rechazo del mismo. Se trajeron los autos en relación.

• Hechos acreditados: La recurrente está contractualmente vinculada con la Isapre recurrida, en virtud de un plan de salud que posee una cobertura restringida de prestaciones de salud mental. La Ley N° 21.331 y la Circular 396 de la Superintendencia de Salud buscan equiparar el tratamiento de las enfermedades de salud mental con las físicas.

• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Determinar si la Isapre Cruz Blanca S.A. incurrió en un acto u omisión ilegal o arbitrario al mantener una cobertura restringida en las prestaciones de salud mental en el plan de salud de la recurrente, vulnerando sus derechos fundamentales.

• Argumentos de las partes:

  • Recurrente: La Ley N° 21.331 otorga derechos que ingresan a su patrimonio a través del contrato de salud, y la cobertura restringida en salud mental vulnera el principio de igualdad ante la ley, el derecho a la vida, la integri...

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