Apelaciones - Rol 5980-2024
/ISAPRE BANMÉDICA S. A.
Abstracto
La Corte de Apelaciones de Temuco acoge un recurso de protección ordenando a Isapre Banmédica equiparar la cobertura de salud mental a la física en el plan de salud del recurrente, conforme a la Ley 21.331, al considerar que la falta de adecuación vulnera la igualdad ante la ley y la no discriminación arbitraria.
Resumen
• Datos básicos del caso: Recurso de protección interpuesto en favor de contra ISAPRE BANMÉDICA S. A., por cobertura restringida en prestaciones de salud mental. El tribunal es la C.A. de Temuco, fallo del 6 de noviembre de 2024.
• Antecedentes procesales relevantes: El recurrente alega vulneración de derechos constitucionales (art. 19 N° 2, N° 24 CPR) debido a la falta de adecuación de su plan de salud a la Ley N° 21.331, que equipara la cobertura de salud mental a la física. La Isapre alega extemporaneidad del recurso y niega acto ilegal o arbitrario, argumentando que la ley no tiene efecto retroactivo y que el recurrente mantiene voluntariamente su plan original.
• Hechos acreditados: El recurrente posee un plan de salud con cobertura restringida en salud mental. La Ley N° 21.331 busca garantizar la igualdad en la cobertura de salud mental y física. La Circular 396 de la Superintendencia de Salud instruye ajustar las normas administrativas sobre cobertura de salud mental, pero sin referirse expresamente a planes antiguos.
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Determinar si la Isapre incurre en un acto ilegal o arbitrario al no adecuar el plan de salud del recurrente a la Ley N° 21.331, equiparando la cobertura de salud mental a la física, y si esto v...
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