Apelaciones - Rol 5989-2024
/ISAPRE BANMEDICA S.A.
Abstracto
La Corte de Apelaciones de Temuco acoge recurso de protección contra Isapre Banmédica, ordenando equiparar la cobertura de salud mental a la física, conforme a la Ley 21.331, para el recurrente y sus beneficiarios, al considerar que la Isapre vulneró la igualdad ante la ley y el derecho de propiedad.
Resumen
• Datos básicos del caso: Recurso de protección presentado por contra ISAPRE BANMEDICA S.A., debido a la cobertura restringida en salud mental de su plan de salud.
• Antecedentes procesales relevantes: El recurrente alega vulneración de garantías constitucionales (art. 19 N° 2, N° 1 y N° 24 CPR) por la Isapre al no adecuar su plan de salud a la Ley N° 21.331, que equipara la cobertura de salud mental a la física. La Isapre alega extemporaneidad del recurso y niega acto ilegal o arbitrario, argumentando que la ley no tiene efecto retroactivo y que el recurrente mantiene voluntariamente su plan original.
• Hechos acreditados: El recurrente posee un plan de salud con cobertura restringida en salud mental. La Ley N° 21.331 busca equiparar la cobertura de salud mental y física. La Superintendencia de Salud emitió la Circular IF/N° 396 para ajustar las normas administrativas a la Ley N° 21.331.
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Determinar si la Isapre incurrió en un acto ilegal o arbitrario al no adecuar el plan de salud del recurrente a la Ley N° 21.331, vulnerando sus derechos constitucionales.
• Argumentos de las partes:
- Recurrente: La Ley N° 21.331 otorga derechos que se incorporaron a su patrimonio a través del contrato de salud. Existe discriminac...
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