Apelaciones - Rol 15660-2024
LEIVA/ISAPRE CON SALUD S.A.
Abstracto
La Corte de Apelaciones de Santiago rechaza el recurso de protección interpuesto contra Isapre Consalud S.A. por amenaza de término de contrato y recálculo de licencia médica, al no constatar ilegalidad ni arbitrariedad en el actuar de la Isapre, confirmando su derecho a cobro de cotizaciones adeudadas y la correcta aplicación de la normativa sobre licencias médicas.
Resumen
• Datos básicos del caso: Recurso de protección interpuesto por contra Isapre Consalud S.A. por amenaza de término de contrato de salud y recálculo de licencia médica. La acción se funda en la supuesta vulneración del artículo 19 N° 18 de la Constitución Política de la República.
• Antecedentes procesales relevantes: El recurrente previamente obtuvo un fallo favorable en un juicio arbitral (Rol N° 4001193-2024) ante la Superintendencia de Salud, que obligó a la Isapre a dejar sin efecto un término de contrato anterior. La Isapre informa haber cumplido dicho fallo. El recurrente apeló ante la COMPIN por el recálculo de la licencia médica, pero no aportó antecedentes.
• Hechos acreditados: La Isapre, tras dejar sin efecto el término de contrato anterior, procedió a cobrar las cotizaciones adeudadas, enviando correos de cobranza. La licencia médica reclamada no cumplía con los requisitos del DFL 44/78 para el pago de subsidio por incapacidad laboral, específicamente, el número mínimo de cotizaciones en el período anterior al inicio de la licencia.
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Determinar si la amenaza de término de contrato y el recálculo de la licencia médica constituyen actos ilegales o arbitrarios que vulneran las garantías constitucionales del re...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.