Apelaciones - Rol 1799-2024
C/
Abstracto
La Corte de Apelaciones de Temuco rechaza el recurso de nulidad presentado contra la sentencia del Juzgado de Garantía de Carahue, que condenó al imputado por ofensas al pudor. Se confirma la sentencia al no encontrar error en la aplicación del derecho, al considerar que el hecho se hizo públicamente.
Resumen
• Datos básicos del caso: Recurso de nulidad (RIT 391-2024, RUC 2300619293-9) interpuesto por la defensa de contra la sentencia del Juzgado de Garantía de Carahue, que lo condenó como autor de la falta del artículo 495 N°5 del Código Penal (ofensas al pudor). La Corte de Apelaciones de Temuco dictó sentencia el 3 de diciembre de 2024.
• Antecedentes procesales relevantes: El Juzgado de Garantía de Carahue condenó a por la falta penal del artículo 495 N°5 del Código Penal a cuatro penas de 1/3 de UTM. La defensa interpuso recurso de nulidad invocando la causal del artículo 373 letra b) del Código Procesal Penal (errónea aplicación del derecho).
• Hechos acreditados: El imputado envió mensajes vía WhatsApp a las víctimas, diciéndoles que se veían bonitas, que les gustaban sus fotos y las invitaba a comer. En una ocasión, un tercero agregó un condón a una de las víctimas, diciéndole que se lo había enviado el imputado. Los mensajes llegaron a conocimiento de los padres de las menores y del colegio donde estudiaban.
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Si la conducta del imputado cumple con el requisito de publicidad exigido por el artículo 495 N°5 del Código Penal y si la sentencia recurrida incurrió en una errónea aplicación del derecho ...
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