Apelaciones - Rol 18-2025
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Abstracto
La Corte de Apelaciones de Punta Arenas revoca la decisión de la jueza a quo, ordenando admitir a tramitación la demanda laboral. Se argumenta que el derecho a la acción solo puede ser limitado por ley, y el principio 'pro actione' tiene singular valor en materia laboral.
Resumen
• Datos básicos del caso: Apelación de resolución que no admite a tramitación demanda laboral. Rol N°18-2025, Corte de Apelaciones de Punta Arenas, 4 de marzo de 2025. • Antecedentes procesales relevantes: La jueza de primera instancia no admitió a tramitación la reclamación deducida por la recurrente. La demandante apela esta decisión. • Hechos acreditados: No se explicita un acápite sobre hechos acreditados, sino que se centra en la discusión sobre la admisibilidad de la demanda. • Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Determinar si la jueza de la causa estaba facultada para no admitir a tramitación la reclamación deducida por la recurrente, de oficio. • Argumentos de las partes: No se explicita este apartado en el fallo. • Doctrina y jurisprudencia citadas: Se citan las sentencias del Tribunal Constitucional STC 238/2002 y STC 182/2003 para reforzar el principio "pro actione". • Fundamentos esenciales de la resolución: El derecho a la acción solo puede ser limitado por ley, que debe establecer excepciones de derecho estricto para asegurar la igual protección de la ley. En materia laboral, el principio "pro actione" tiene un valor singular y no puede ser restringido por fundamentos formales. El artículo 429 del Código del Trabajo establece el principio de "oficialidad",...
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