Apelaciones - Rol 61-2025
CORDERO/SOCIEDAD CONCESIONARIA AUTOPISTAS DE ANTOFAGASTA S.A.
Abstracto
La Corte de Apelaciones de Antofagasta confirma la sentencia del Juzgado de Letras del Trabajo que declaró caduca la acción por despido injustificado, al haber transcurrido el plazo legal de 90 días hábiles desde la separación del trabajador, considerando la suspensión por reclamo ante la Inspección del Trabajo.
Resumen
• Datos básicos del caso: Recurso de apelación contra la sentencia del Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta en causa RIT M-15-2025, caratulada “/SOCIEDAD CONCESIONARIA AUTOPISTAS DE ANTOFAGASTA S.A.”. Se discute la caducidad de la acción por despido injustificado.
• Antecedentes procesales relevantes: El trabajador demandó por despido injustificado. El Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta acogió la excepción de caducidad opuesta por la demandada. El demandante apeló de esta decisión.
• Hechos acreditados:
- La separación del trabajador se produjo el 30 de septiembre de 2024.
- El reclamo ante la Inspección del Trabajo se interpuso el 28 de noviembre de 2024 y concluyó el 27 de diciembre de 2024.
- La demanda se dedujo el 17 de enero de 2025.
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Determinar si la acción por despido injustificado se encuentra caduca, considerando el plazo establecido en el artículo 168 del Código del Trabajo y la suspensión de dicho plazo por el reclamo ante la Inspección del Trabajo.
• Argumentos de las partes: No se explicitan en el fallo.
• Doctrina y jurisprudencia citadas: Se cita el artículo 168 del Código del Trabajo, específicamente su inciso final, relativo a la suspensión del plazo de caducidad por reclamo ant...
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