Apelaciones - Rol 151-2025
CARABINEROS PITRUFQUEN C/
Abstracto
La Corte de Apelaciones de Temuco rechaza el recurso de nulidad contra la sentencia que condenó a por conducción en estado de ebriedad. Se confirma la cancelación de la licencia de conducir, al no configurarse una errónea aplicación del derecho.
Resumen
• Datos básicos del caso: fue condenado por el Juzgado de Garantía de Pitrufquén por el delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad simple, previsto en el artículo 196 de la Ley 18.290, a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, multa de 1/3 de UTM y cancelación de la licencia de conducir.
• Antecedentes procesales relevantes: La defensa interpone recurso de nulidad contra la sentencia condenatoria, invocando la causal del artículo 373 letra b) del Código Procesal Penal (errónea aplicación del derecho). El recurso alega que se aplicó indebidamente la pena de cancelación de la licencia, solicitando que se reduzca a una suspensión por dos años.
• Hechos acreditados: El 14 de octubre de 2024, fue sorprendido conduciendo en estado de ebriedad (1,77 g/L) en Garbea. tenía condenas previas por conducción en estado de ebriedad (RIT 196-2013 y RIT 809-2018) y lesiones graves (RIT 563-2014).
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Si la sentencia incurrió en una errónea aplicación del derecho al cancelar la licencia de conducir del condenado, considerando los plazos establecidos en el artículo 104 del Código Penal y la interpretación del artículo 196 de la Ley 18.290.
• Argumentos de las partes...
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