Apelaciones - Rol 376-2025
/: ISAPRE CRUZ BLANCA S.A
Abstracto
La Corte de Apelaciones de Temuco acoge un recurso de protección, ordenando a Isapre Cruz Blanca equiparar la cobertura de salud mental a la de salud física en el plan de salud del recurrente, en conformidad con la Ley N° 21.331, por vulneración a la igualdad ante la ley y no discriminación arbitraria.
Resumen
• Datos básicos del caso: Recurso de protección interpuesto por en contra de Isapre Cruz Blanca S.A., debido a la cobertura restringida en prestaciones de salud mental de su plan de salud. El recurrente alega que la Ley N° 21.331 y la Circular 396 de la Superintendencia de Salud garantizan la igualdad entre la cobertura de salud mental y física.
• Antecedentes procesales relevantes: El recurrente interpone un recurso de protección. La Isapre recurrida evacúa un informe defendiendo la legalidad de su actuar, argumentando que no existe un hecho concreto reclamado y que la Ley N° 21.331 no tiene efecto retroactivo sobre los planes de salud anteriores al 1 de marzo de 2022.
• Hechos acreditados: El recurrente posee un plan de salud con cobertura restringida en salud mental con la Isapre recurrida. La Ley N° 21.331 y la Circular 396 de la Superintendencia de Salud buscan equiparar la cobertura de salud mental y física, prohibiendo planes con cobertura reducida en salud mental.
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Determinar si la cobertura restringida en salud mental del plan de salud del recurrente vulnera sus derechos constitucionales a la igualdad ante la ley y a la no discriminación arbitraria, a la luz de la Ley N° 21.331 y la Circular 396 de la Superi...
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