Apelaciones - Rol 420-2025

/: ISAPRE CRUZ BLANCA S.A

Abstracto

La Corte de Apelaciones de Temuco acoge el recurso de protección contra ISAPRE Cruz Blanca S.A., ordenando equiparar la cobertura de salud mental a la física, basándose en la Ley N° 21.331 y el principio de no discriminación.

Resumen

• Datos básicos del caso: Recurso de protección interpuesto en favor de contra ISAPRE Cruz Blanca S.A. por cobertura restringida en prestaciones de salud mental.
• Antecedentes procesales relevantes: Se presenta recurso de protección alegando vulneración de derechos constitucionales por la ISAPRE al mantener una cobertura de salud mental restringida. La ISAPRE informa solicitando el rechazo del recurso, argumentando que no existe un acto concreto reclamado y que la ley no tiene efecto retroactivo.
• Hechos acreditados: No se detallan hechos específicos acreditados más allá de la existencia de un contrato de salud con cobertura restringida en salud mental.
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Determinar si la ISAPRE vulnera derechos constitucionales al no equiparar la cobertura de salud mental a la física en planes de salud anteriores a la Ley N° 21.331.
• Argumentos de las partes:

  • Recurrente: La Ley N° 21.331 garantiza la igualdad en la cobertura de salud mental y física. La Circular 396 de la Superintendencia de Salud, aunque no se refiere explícitamente a planes antiguos, no puede interpretarse de forma que discrimine entre afiliados antiguos y nuevos. Se vulnera el derecho de propiedad, la igualdad ante la ley, la vida, la integridad física ...

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