Apelaciones - Rol 429-2025
/ISAPRE CRUZ BLANCA S.A.
Abstracto
La Corte de Apelaciones de Temuco acoge un recurso de protección ordenando a ISAPRE Cruz Blanca equiparar la cobertura de salud mental a la física en el plan de salud del recurrente, conforme a la Ley 21.331, garantizando así la no discriminación y el derecho a la igualdad.
Resumen
• Datos básicos del caso: Recurso de protección presentado por contra ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., debido a la cobertura restringida de salud mental en su plan de salud. El recurrente alega vulneración de derechos constitucionales tras la promulgación de la Ley N° 21.331. La sentencia fue emitida el 1 de abril de 2025 por la Corte de Apelaciones de Temuco.
• Antecedentes procesales relevantes: El recurrente interpone recurso de protección buscando equiparar la cobertura de salud mental a la física. La ISAPRE evacúa informe solicitando el rechazo del recurso, argumentando que no hay acto ilegal o arbitrario concreto y que la ley no tiene efecto retroactivo. Se traen los autos en relación.
• Hechos acreditados: El recurrente posee un plan de salud con cobertura restringida en salud mental. La Ley N° 21.331 busca garantizar la igualdad entre la salud mental y física en la cobertura de salud. La Superintendencia de Salud emitió la Circular 396 para ajustar las normas administrativas a la Ley 21.331.
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Determinar si la ISAPRE vulneró derechos constitucionales al no adecuar el plan de salud del recurrente a la Ley N° 21.331, manteniendo una cobertura restringida en salud mental. Establecer si la Circular 396 de la Superintendenci...
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