Apelaciones - Rol 440-2025
/ISAPRE NUEVA MASVIDA S.A.
Abstracto
La Corte de Apelaciones de Temuco acoge recurso de protección contra Isapre Nueva Masvida, ordenando equiparar la cobertura de salud mental a la física, conforme a la Ley 21.331, protegiendo así la igualdad ante la ley y el derecho de propiedad del recurrente.
Resumen
• Datos básicos del caso: Recurso de protección interpuesto por don(ña) contra ISAPRE NUEVA MASVIDA S.A., por cobertura restringida de salud mental en su plan. El tribunal es la Corte de Apelaciones de Temuco. La fecha de la sentencia es 1 de abril de 2025. • Antecedentes procesales relevantes: El recurrente alega vulneración del artículo 19 N° 2, N° 1 y N° 24 de la Constitución Política. La Isapre alega extemporaneidad e improcedencia del recurso, y subsidiariamente, niega acto ilegal o arbitrario. • Hechos acreditados: La Isapre no ha adecuado el plan de salud del recurrente para equiparar las prestaciones de salud mental a las de salud física, conforme a la Ley 21.331. • Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Determinar si la ISAPRE vulneró derechos constitucionales al no equiparar la cobertura de salud mental a la física en un plan de salud anterior a la Ley 21.331, y si la Circular 396 de la Superintendencia de Salud es aplicable a planes antiguos. • Argumentos de las partes:
- Recurrente: La Ley 21.331 garantiza igualdad en salud mental y física, y la Circular 396 no puede discriminar entre afiliados antiguos y nuevos. Se vulnera el derecho de propiedad (art. 19 N°24), la igualdad ante la ley (art. 19 N°2) y el derecho a la vida y la integridad física y...
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