Apelaciones - Rol 481-2025
ARÁNGUIZ/VIDA TRES S. A
Abstracto
La Corte de Apelaciones de Temuco acoge un recurso de protección, ordenando a la Isapre Vida Tres S.A. equiparar la cobertura de salud mental a la física en el plan de salud de la recurrente, conforme a la Ley N° 21.331, para evitar discriminación.
Resumen
• Datos básicos del caso: Recurso de protección presentado por contra la Isapre VIDA TRES S. A., debido a la cobertura restringida de su plan de salud en prestaciones de salud mental. El domicilio de la recurrente se encuentra dentro de la jurisdicción de la Corte de Apelaciones de Temuco. La sentencia se dictó el 1 de abril de 2025.
• Antecedentes procesales relevantes: La recurrente alega que la Ley N° 21.331, que protege los derechos de las personas en la atención de salud mental, fue vulnerada. La Isapre alega extemporaneidad del recurso y niega actuar arbitrario o ilegal, señalando que la ley no tiene efecto retroactivo y que el afiliado mantiene el plan que contrató voluntariamente. Se trajeron los autos en relación.
• Hechos acreditados: Se acreditó que la recurrente posee un plan de salud con cobertura restringida en salud mental y que la Isapre no ha adecuado el plan a los requerimientos de la Ley N° 21.331.
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Determinar si la Isapre vulneró derechos constitucionales al no equiparar la cobertura de salud mental a la física en el plan de salud de la recurrente, conforme a la Ley N° 21.331. Determinar si el recurso es extemporáneo.
• Argumentos de las partes: La recurrente argumenta que la Ley N° 21.331 garantiz...
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