Apelaciones - Rol 482-2025
/VIDA TRES S. A
Abstracto
La Corte de Apelaciones de Temuco acoge recurso de protección ordenando a Isapre equiparar cobertura de salud mental y física, eliminando discriminación en plan de salud preexistente. Se rechaza alegación de extemporaneidad por ser la situación reclamada de efectos permanentes.
Resumen
• Datos básicos del caso: Recurso de protección presentado por contra la Isapre VIDA TRES S. A., por cobertura restringida en salud mental. El recurrente alega vulneración de derechos constitucionales debido a la falta de adecuación de su plan de salud a la Ley N° 21.331.
• Antecedentes procesales relevantes: La Isapre alega extemporaneidad del recurso y la inexistencia de un acto arbitrario o ilegal concreto. Solicita el rechazo del recurso argumentando que la ley no tiene efecto retroactivo y que el afiliado mantiene voluntariamente su plan original.
• Hechos acreditados: El recurrente mantiene un plan de salud con cobertura restringida en salud mental. La Ley N° 21.331 busca equiparar la cobertura de salud mental y física. La Superintendencia de Salud emitió la Circular 396 para ajustar las normas administrativas sobre cobertura de salud mental.
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Determinar si la Isapre vulnera derechos constitucionales al no adecuar un plan de salud preexistente a la Ley N° 21.331, que equipara la cobertura de salud mental y física. Establecer si la Circular 396 de la Superintendencia de Salud es aplicable solo a los nuevos planes de salud. Determinar si existe discriminación al mantener coberturas diferenciadas entre afiliados a...
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