Apelaciones - Rol 487-2025
/: ISAPRE CRUZ BLANCA S.A
Abstracto
La Corte de Apelaciones de Temuco acoge un recurso de protección ordenando a ISAPRE Cruz Blanca equiparar la cobertura de salud mental y física en el plan de , eliminando la discriminación en las prestaciones de salud.
Resumen
• Datos básicos del caso: Recurso de protección presentado por contra ISAPRE Cruz Blanca S.A., por cobertura restringida en salud mental.
• Antecedentes procesales relevantes: La recurrente alega vulneración de derechos constitucionales (artículo 19 N° 2, N° 24 y derecho a la vida e integridad física y psíquica) debido a la falta de adecuación de su plan de salud a la Ley N° 21.331. La ISAPRE argumenta que no existe acto ilegal o arbitrario concreto y que la ley no tiene efecto retroactivo sobre planes anteriores al 1 de marzo de 2022.
• Hechos acreditados: La actora tiene un plan de salud con cobertura restringida en salud mental. La Ley N° 21.331 busca equiparar la cobertura de salud mental y física, pero la ISAPRE no ha adecuado el plan de la recurrente. La Circular 396 de la Superintendencia de Salud instruye sobre coberturas y acceso a la salud mental según la Ley 21.331.
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Determinar si la ISAPRE incurre en un acto arbitrario o ilegal al no adecuar el plan de salud de la recurrente a la Ley N° 21.331, manteniendo una cobertura restringida en salud mental en comparación con la salud física. Establecer si la Circular IF/N°396 de la Superintendencia de Salud es aplicable a los planes de salud suscritos antes de la ent...
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