Apelaciones - Rol 528-2025
ARANCIBIA/NUEVA MASVIDA S.A
Abstracto
La Corte de Apelaciones de Temuco acoge un recurso de protección, ordenando a la Isapre Nueva Masvida S.A. equiparar la cobertura de salud mental a la física en el plan de salud del recurrente, en concordancia con la Ley N° 21.331 y el principio de no discriminación.
Resumen
• Datos básicos del caso: Recurso de protección interpuesto en favor de contra la ISAPRE NUEVA MASVIDA S.A. por cobertura restringida en salud mental.
• Antecedentes procesales relevantes: Se deduce recurso de protección. Se prescinde del informe de la recurrida por no ser evacuado en plazo. Se traen los autos en relación.
• Hechos acreditados: El recurrente está afiliado a la ISAPRE recurrida con un plan de salud que posee una cobertura restringida en prestaciones de salud mental.
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Determinar si la cobertura restringida en salud mental del plan de salud del recurrente vulnera sus derechos fundamentales, en particular el principio de igualdad ante la ley y la no discriminación arbitraria, considerando la Ley N° 21.331 y la Circular 396 de la Superintendencia de Salud.
• Argumentos de las partes:
- Recurrente: La Ley N° 21.331 garantiza el mismo trato para la salud mental y física, derogando el marco normativo anterior. La Circular 396 de la Superintendencia de Salud, aunque no se refiere explícitamente a los planes antiguos, no puede interpretarse en el sentido de discriminar a los afiliados antiguos respecto de los nuevos. Se vulnera el artículo 19 N° 24 de la Constitución (derecho de propiedad), el principio de ig...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.