Apelaciones - Rol 543-2025
/NUEVA MASVIDA S.A
Abstracto
La Corte de Apelaciones de Temuco acoge un recurso de protección, ordenando a la Isapre Nueva Masvida equiparar la cobertura de salud mental a la de salud física en el plan de salud del recurrente, conforme a la Ley N° 21.331, por vulneración a la igualdad ante la ley y no discriminación arbitraria.
Resumen
• Datos básicos del caso: Recurso de protección presentado por contra la Isapre NUEVA MASVIDA S.A., debido a la cobertura restringida de su plan de salud en prestaciones de salud mental. El recurrente busca que se equipare la cobertura de salud mental a la de salud física. La Corte de Apelaciones de Temuco conoce del recurso.
• Antecedentes procesales relevantes: Se presenta recurso de protección. La Isapre alega extemporaneidad e improcedencia del recurso, argumentando que la materia es contractual y existe un procedimiento administrativo ante la Superintendencia de Salud. En subsidio, informa que no ha incurrido en actos ilegales o arbitrarios y que la ley no tiene efecto retroactivo para planes anteriores al 1 de marzo de 2022.
• Hechos acreditados: El recurrente tiene un plan de salud con cobertura restringida en salud mental. La Ley N° 21.331 y la Circular 396 de la Superintendencia de Salud buscan equiparar la cobertura de salud mental y física. La Isapre no ha adecuado el plan del recurrente a esta nueva normativa.
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Determinar si la Isapre ha incurrido en un acto ilegal o arbitrario al no equiparar la cobertura de salud mental a la de salud física en el plan de salud del recurrente, y si esto vulnera sus derecho...
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