Apelaciones - Rol 570-2024
ANONIMIZADO
Abstracto
La Corte de Apelaciones de Concepción, el 2 de abril de 2025, rechaza el recurso de nulidad presentado por la empresa Jomaza Ingeniería y Servicios SpA. Confirma la sentencia que la condenó a pagar una indemnización por daño moral derivado de un accidente laboral, al considerar que el finiquito no impide acciones por incumplimiento del deber de seguridad del empleador.
Resumen
• Datos básicos del caso: Recurso de nulidad interpuesto por Jomaza Ingeniería y Servicios SpA contra la sentencia del Juzgado de Letras del Trabajo de Los Ángeles, que la condenó a pagar $10.000.000 por daño moral a , derivado de un accidente laboral. La demandada alega infracción de ley por rechazo de la excepción de finiquito. El tribunal de alzada dictó sentencia con fecha 2 de abril de 2025.
• Antecedentes procesales relevantes: El recurrente invoca la causal del artículo 477 inciso primero segunda parte del Código del Trabajo, por infracción sustancial de ley en relación con los artículos 177 del Código del Trabajo y 1546, 2446 y 2460 del Código Civil. Se declara admisible el recurso y se procede a su vista.
• Hechos acreditados: La sentencia recurrida estableció la responsabilidad de la empresa Jomaza Ingeniería y Servicios SpA en el accidente laboral sufrido por , debido al incumplimiento del deber de seguridad impuesto por el artículo 184 del Código del Trabajo y la Ley N° 16.744. Se determinó que el finiquito suscrito entre las partes no tenía efecto liberatorio respecto de la acción indemnizatoria.
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Determinar si el finiquito suscrito entre las partes tiene efecto liberatorio respecto...
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