Apelaciones - Rol 887-2024
AFP PROVIDA S.A./CENTRO DE CONCILIACIÓN Y MEDIACIÓN DRT METROPOLITANA ORIENTE
Abstracto
La Corte de Apelaciones de Santiago rechaza el recurso de nulidad contra la sentencia del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo, que había rechazado la reclamación contra una multa impuesta por la Dirección del Trabajo, confirmando la validez de la notificación electrónica.
Resumen
• Datos básicos del caso: Recurso de nulidad interpuesto contra la sentencia del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, que rechazó la reclamación contra la Resolución de Multa N°1984/23/147, de 08 de septiembre de 2023, dictada por el Centro de Conciliación y Mediación DRT Metropolitana Oriente.
• Antecedentes procesales relevantes: El Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago rechazó la reclamación interpuesta contra la multa. La reclamante interpuso recurso de nulidad, invocando la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, por infracción de ley en relación con el artículo 30 del DFL 2 de 1967 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
• Hechos acreditados: AFP PROVIDA S.A. fue citada, mediante correo electrónico, a un comparendo de conciliación, al cual no compareció, lo que motivó la imposición de una multa.
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Determinar si la notificación por correo electrónico de la citación a un comparendo de conciliación es suficiente para configurar la infracción establecida en el artículo 30 del DFL 2 de 1967, que exige que la citación sea realizada por un funcionario de la Dirección del Trabajo o por Carabineros de Chile.
• Argumentos de las partes: La recurrente (AFP Provida) argumenta que la notificación por ...
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