Civil - Rol V-96-2018

CANALES/

Abstracto

El 1° Juzgado Civil de San Miguel autoriza a la solicitante, divorciada, a contraer segundas nupcias, dispensando el plazo de 270 días del artículo 128 del Código Civil, al acreditarse la no existencia de embarazo mediante pruebas médicas y testificales.

Resumen

• Datos básicos del caso: , divorciada, solicita autorización para contraer segundas nupcias, dispensando el plazo de 270 días del artículo 128 del Código Civil.

• Antecedentes procesales relevantes: La solicitante funda su petición en la sentencia de divorcio del 30 de agosto de 2017, dictada por el 2° Juzgado de Familia de Santiago (RIT C-5649-2017), que declaró el divorcio por cese de convivencia (notificada el 16 de junio de 2015, causa RIT V-148-2015 del 4° Juzgado de Familia de Santiago) y en la ausencia de embarazo.

• Hechos acreditados: El tribunal tuvo por acreditado el cese de convivencia desde el 16 de junio de 2015, el divorcio de la solicitante y la ausencia de embarazo, según certificado médico y exámenes de laboratorio.

• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Determinar si procede autorizar a la solicitante a contraer segundas nupcias, dispensando el plazo de 270 días establecido en el artículo 128 del Código Civil, atendida la inexistencia de riesgo de confusión de paternidad.

• Argumentos de las partes: La solicitante argumenta que la certeza científica actual sobre la determinación de la paternidad biológica hace innecesario el plazo del artículo 128 del Código Civil. Acompaña certificado médico y resultados de laboratorio que acreditan la ...

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