Civil - Rol C-2334-2018
CLINICA DAVILA Y SERVICIOS MEDICOS S.A./
Abstracto
El 19° Juzgado Civil de Santiago rechaza la excepción del artículo 464 N°7 del Código de Procedimiento Civil, ordenando seguir adelante con la ejecución de cobro de pagaré, al estimar que la firma fue autorizada por notario.
Resumen
• Datos básicos del caso: Causa Rol C-2334-2018, caratulada “CLINICA DAVILA Y SERVICIOS MEDICOS S.A./”, seguida ante el 19° Juzgado Civil de Santiago.
• Antecedentes procesales relevantes: CLINICA DAVILA Y SERVICIOS MEDICOS S.A. demanda ejecutivamente a por cobro de pagaré. La ejecutada opone excepción del artículo 464 N°7 del Código de Procedimiento Civil, alegando falta de autorización notarial de la firma. El tribunal declara admisible la excepción y recibe la causa a prueba.
• Hechos acreditados: —
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Si procede acoger la excepción del artículo 464 N°7 del Código de Procedimiento Civil, opuesta por la ejecutada, atendido que alega que la firma del pagaré no fue autorizada ante Notario Público de conformidad a la ley.
• Argumentos de las partes: Demandante (CLINICA DAVILA): Funda la demanda en el pagaré N° 747770 por $1.031.328, suscrito por , protestado por falta de pago. Señala que la firma fue autorizada por notario, confiriendo al título mérito ejecutivo y que la obligación es líquida, exigible y no prescrita.
Demandada (): Excepción del artículo 464 N°7 del Código de Procedimiento Civil. Argumenta que la firma no fue autorizada ante Notario Público según los ...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.