Civil - Rol V-245-2016

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Abstracto

El 2° Juzgado de Letras de Curicó rechaza reclamo contra el Conservador de Bienes Raíces por negar inscripción de derechos de agua. Se argumenta falta de representación adecuada de todos los comuneros y dueños de hijuelas, omitiendo pronunciamiento sobre el fondo.

Resumen

• Datos básicos del caso Reclamo en contra de la negativa del Conservador de Bienes Raíces de Curicó a inscribir derechos de agua.

• Antecedentes procesales relevantes Don , abogado, interpone reclamo en contra de don , Conservador de Bienes Raíces de Curicó, por la negativa a inscribir derechos de agua, invocando el artículo 1 transitorio del Código de Aguas y el artículo 18 del Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces. El Conservador informó que rechazó la inscripción porque la inscripción de dominio del inmueble provenía de una resolución de Bienes Nacionales, y de acuerdo al D.L. 2695/1979 los títulos de dominio obtenidos a través de esta norma tendrán la calidad de originarios, agregando que la resolución no hace referencia a los derechos de aprovechamiento de agua. La Dirección General de Aguas (DGA) informa que no existe un acto de autoridad que constituya originariamente los derechos de aprovechamiento. Recomienda regularizar los derechos vía Artículo 2° Transitorio del Código de Aguas. El Defensor Público señala que correspondería acoger la solicitud.

• Hechos acreditados

  1. La “Sucesión de don ” es dueña de 35,3117 acciones de la Comunidad de Aguas Canal Santa Rita, según inscripción de 1989.
  2. Estos dere...

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